
Seguros obligatorios en construcción en España: quién los contrata y qué cubren
13 de octubre de 2026
Seguro decenal de daños en edificación: qué cubre, quién lo contrata y cuánto cuesta
13 de octubre de 2026Cuando construyes tu propia casa, firmas la licencia y contratas a la constructora, la ley te considera promotor, aunque no te dediques a esto. Y ser promotor trae consigo una responsabilidad civil del promotor autónomo que muchos particulares desconocen. Responde ante los vecinos si la obra les causa daños, ante los compradores si algún día vendes, y en algunos casos durante años después de terminar la casa. Aquí repasamos qué riesgos asumes y cómo cubrirlos.
Si todavía no tienes claro qué es exactamente un promotor autónomo y qué trámites implica, empieza por el artículo sobre cómo construir tu vivienda como promotor autónomo. Aquí nos centramos solo en las responsabilidades y en los seguros que te protegen. Para la visión general, tienes la guía de seguros obligatorios en construcción.
Eres promotor aunque construyas para ti
La Ley de Ordenación de la Edificación (art. 9) define al promotor como quien decide, impulsa, programa y financia una obra, con recursos propios o ajenos, para sí o para venderla después. El particular que se hace su casa encaja de lleno en esa definición. Por eso tiene las obligaciones de cualquier promotor, salvo algunas excepciones pensadas precisamente para él.
No eres el único responsable de la obra: el constructor, el arquitecto y el arquitecto técnico tienen las suyas. El reparto completo lo explicamos en el artículo sobre las responsabilidades de cada agente de la obra. Lo que importa aquí es lo que te puede acabar tocando a ti.
Los tres riesgos principales del autopromotor
1. Daños a terceros durante la obra
Una zanja que descalza el muro del vecino, una grúa que golpea un coche aparcado, un peatón herido por la caída de material… Aunque el daño lo cause la constructora, el perjudicado suele reclamar a todos: constructora, técnicos y también a ti como dueño y promotor de la obra. Es responsabilidad civil extracontractual, la que nace de causar un daño a alguien con quien no tienes contrato.
La constructora debería tener su propio seguro de responsabilidad civil, pero eso no impide que te reclamen a ti. Si su póliza tiene límites bajos o exclusiones, o la empresa desaparece, puedes acabar pagando tú.
2. Defectos de la casa si la vendes
Mientras vivas en ella, los defectos de construcción son un asunto entre tú y los agentes que la hicieron. El panorama cambia si la vendes. El artículo 17 de la LOE establece que el promotor responde solidariamente con los demás agentes ante los compradores por vicios de construcción. Eso significa que el comprador puede reclamarte a ti todo el importe, y luego tú repetir contra quien causó el defecto.
Los plazos son los de las garantías de la LOE, contados desde la recepción de la obra:
| Plazo | Qué daños | Ejemplo |
|---|---|---|
| 1 año | Acabados (responde el constructor) | Baldosas que se despegan, pintura defectuosa |
| 3 años | Habitabilidad | Humedades, filtraciones, aislamiento deficiente |
| 10 años | Estructura | Grietas por fallo de cimentación o forjados |
Una vez aparece el daño, el comprador tiene dos años para reclamar (art. 18 LOE).
3. El seguro decenal si vendes antes de 10 años
Aquí está el punto que más sorprende. La disposición adicional segunda de la LOE exime del seguro decenal al autopromotor individual de una única vivienda unifamiliar para uso propio. Es decir, puedes construir tu casa sin contratarlo y declarar la obra nueva.
Esa exención tiene letra pequeña. Si vendes la casa antes de que se cumplan diez años desde la recepción, la ley te obliga, salvo pacto en contrario, a contratar el seguro por el tiempo que falte. El notario no autorizará la escritura de venta sin él, salvo que el comprador te exima de forma expresa y tú acredites que has vivido en la vivienda. El Consejo General del Notariado informa de estos requisitos en la escritura de obra nueva y en la de compraventa.
Contratar un decenal a posteriori, con la casa ya terminada, es más difícil y caro: la aseguradora no ha podido supervisar la obra y puede exigir inspecciones o rechazar el riesgo. Si crees que puedes vender en los próximos años, valora contratarlo desde el principio.
Un ejemplo real del día a día
Marta construye una vivienda unifamiliar en una parcela de su pueblo, sin decenal, acogiéndose a la exención. A los seis años le sale un trabajo en otra ciudad y decide vender. El comprador pide financiación y el banco exige la garantía decenal. Marta tiene dos opciones. Puede contratar el seguro por los cuatro años restantes, con inspección previa incluida. O puede negociar que el comprador la exima, algo que pocos aceptarán si piden hipoteca. En cualquiera de los dos casos, si aparece una grieta estructural en el año ocho, el comprador podrá reclamarle a ella.
Cómo protegerte como promotor autónomo

- Exige a la constructora su póliza de responsabilidad civil y comprueba que está en vigor y que el límite asegurado es razonable para tu obra.
- Valora una póliza de RC propia como promotor. Algunas aseguradoras la ofrecen específica para obra o como ampliación del seguro de hogar. Revisa siempre las condiciones: muchas pólizas de hogar excluyen los daños derivados de obras.
- Decide desde el principio sobre el decenal si hay alguna posibilidad de vender en menos de diez años.
- Firma un acta de recepción con el constructor. Marca el inicio de todos los plazos de garantía y es tu prueba si después hay que reclamar.
- Guarda toda la documentación: proyecto, certificado final de obra, contratos y facturas. Es lo que te permitirá repetir contra el responsable si un comprador te reclama.
Con normativa vigente a octubre de 2026, estas reglas siguen igual en todo el territorio. En cualquier caso, si vas a vender una vivienda autopromovida, conviene revisar tu situación concreta con un notario o un abogado especializado. Puedes ampliar el marco general en el artículo sobre la Ley de Ordenación de la Edificación.
Preguntas frecuentes
¿La exención del decenal vale si construyo dos casas?
No. La exención está limitada a una única vivienda unifamiliar para uso propio. Si promueves más viviendas o construyes para vender, el decenal es obligatorio.
¿Y si la casa es prefabricada o modular?
Las reglas son las mismas: lo que cuenta es que sea una vivienda sujeta a la LOE, no el sistema constructivo. Lo que sí cambia es con quién contratas. Si el fabricante asume también el montaje y la ejecución completa, actúa como constructor y debe responder como tal.
¿Si heredo la casa debo contratar el decenal?
La obligación de la ley se refiere a transmisiones inter vivos (venta, donación). Una herencia es una transmisión mortis causa, pero si después los herederos venden antes de los diez años, conviene consultarlo con el notario.



