
Ventilación e instalaciones de salubridad en módulos prefabricados: qué dice el CTE
25 de octubre de 2026
Altura mínima de techos en viviendas: normativa y excepciones según uso
25 de octubre de 2026¿Cuántos metros tiene que tener una casa para ser legalmente una vivienda? ¿Cuántas ventanas? ¿Puede el baño no tener luz natural? Los requisitos de habitabilidad de una vivienda en España no están en una sola ley. Una parte la fija el Código Técnico de la Edificación para todo el país y otra la decide cada comunidad autónoma, con diferencias que pueden cambiar un proyecto. Aquí tienes qué se exige, quién lo exige y cómo comprobarlo antes de diseñar, con la normativa vigente a octubre de 2026.
Quién fija los requisitos de habitabilidad: Estado, comunidades y ayuntamientos
La habitabilidad funciona en tres capas. El Estado, a través del CTE, marca las exigencias técnicas: salubridad, seguridad de uso, protección frente al ruido, energía y estructura. Es la base común que explicamos en la guía sobre habitabilidad y accesibilidad según el CTE.
Lo que el CTE no regula es el «programa» de la vivienda: superficie mínima, qué piezas debe tener, cuánto deben medir o cuánta luz natural necesitan. Eso lo fijan los decretos de habitabilidad de cada comunidad autónoma. Donde no hay norma autonómica propia sigue aplicándose, de forma supletoria, una antigua orden ministerial de 1944.
Por encima de ambos están las ordenanzas municipales y el planeamiento, que pueden ser todavía más exigentes. Por eso la misma vivienda puede cumplir en un municipio y no en el de al lado.
Los requisitos mínimos de habitabilidad más habituales
Aunque los números cambian de una comunidad a otra, los decretos regulan casi siempre los mismos aspectos.
Superficie útil mínima
Es la superficie interior aprovechable, sin contar muros ni tabiques. Las zonas con techo demasiado bajo, normalmente por debajo de 1,50 m, no computan. Hay comunidades que fijan un mínimo para la vivienda completa y otras, como Galicia, que solo fijan mínimos por estancia.
Programa mínimo de piezas
Toda vivienda debe tener, como mínimo, un espacio de estar-comedor, una cocina (que puede estar integrada), al menos un dormitorio o un espacio para dormir y un baño completo. Cada pieza tiene a su vez dimensiones mínimas. Suele exigirse que se pueda inscribir un círculo de cierto diámetro, para evitar estancias estrechas e inservibles.
Altura libre
La mayoría de comunidades exigen 2,50 m de altura libre en las piezas principales y permiten bajar a 2,20 m en baños, cocinas y pasillos. Las excepciones y los casos especiales, como los bajo cubierta, los explicamos en el artículo sobre altura mínima de techos.
Iluminación y ventilación natural
Las estancias principales (salón y dormitorios) deben tener ventanas al exterior o a un patio que cumpla unas dimensiones mínimas. La superficie de ventana se fija como una fracción de la superficie de la pieza, normalmente entre una décima y una octava parte según la comunidad. Los baños y las cocinas pueden no tener ventana si disponen de ventilación mecánica que cumpla el CTE.
Instalaciones y salubridad
La vivienda debe tener agua potable fría y caliente, saneamiento, electricidad y un sistema de ventilación que garantice la calidad del aire. Estas exigencias técnicas vienen del Documento Básico de Salubridad del CTE, y su versión completa puede consultarse en el texto oficial del DB-HS.
Cómo cambian los requisitos según la comunidad autónoma
Para que veas la dimensión de las diferencias, esta tabla recoge algunos ejemplos de los decretos autonómicos. Las cifras son orientativas y cada norma tiene excepciones. Antes de proyectar, consulta siempre el texto vigente en tu comunidad y la ordenanza de tu municipio.
| Comunidad | Superficie útil mínima (vivienda nueva) | Altura libre general |
|---|---|---|
| Cataluña | 36 m² | 2,50 m (2,20 m en baños, cocinas y pasillos) |
| País Vasco | 35 m² (25 m² en casos excepcionales) | 2,50 m |
| Comunitat Valenciana | 30 m² (24 m² si es vivienda-apartamento) | 2,50 m (2,20 m en baños, cocinas y circulaciones) |
| Cantabria | 28 m² (25 m² si es vivienda-estudio) | 2,50 m (2,20 m en baños, aseos y cocinas) |
| Galicia | Sin mínimo total; mínimos por estancia | 2,50 m en estancias principales (2,20 m en pasillos y baños) |
La superficie mínima es la primera trampa para los proyectos pequeños. Un estudio de 25 m² puede ser perfectamente legal en una comunidad y no alcanzar la condición de vivienda en otra.
Un caso práctico: la casa de invitados en el jardín
Carlos quiere instalar un módulo de 26 m² en su parcela para que viva allí su madre. Tiene salón con cocina, dormitorio y baño, y todo el módulo mide 2,50 m de altura libre. ¿Cumple los requisitos de habitabilidad?
Depende de dos cosas. La primera es la comunidad. En Cantabria superaría el mínimo como vivienda-estudio. En Cataluña o el País Vasco se quedaría corto si se tramita como vivienda independiente.
La segunda es cómo se legaliza. Si el ayuntamiento lo admite como anexo de la vivienda principal y no como vivienda nueva, el encaje urbanístico y los requisitos que se le exigen pueden ser distintos. Esta decisión hay que tomarla con el técnico antes de cerrar el diseño, no después.
En construcción modular este análisis es especialmente útil al principio. Las dimensiones de los módulos se pueden ajustar para cumplir la superficie, las proporciones de las estancias y los huecos de ventana que pida la norma de cada comunidad, sin perder las ventajas del sistema. Si quieres el marco legal completo de este tipo de construcciones, lo tienes en la guía de normativa para casas prefabricadas y módulos.
Cómo se acredita que una vivienda cumple

El proyecto de ejecución justifica tanto el CTE como el decreto autonómico de habitabilidad. Al terminar la obra, el certificado final y la documentación técnica permiten tramitar la licencia de primera ocupación o, en las comunidades que la mantienen, la cédula de habitabilidad. Sin ella no se pueden contratar suministros definitivos en muchas comunidades, ni vender o alquilar la vivienda con normalidad.
Pide al técnico que, en la fase de anteproyecto, te diga qué decreto de habitabilidad aplica y cuáles son sus mínimos. Rehacer una distribución sobre el papel es barato. Hacerlo cuando ya se ha pedido la licencia, no tanto.
Preguntas frecuentes
¿Hay una superficie mínima de vivienda igual para toda España?
No. El CTE no fija una superficie mínima de vivienda. La fija cada comunidad autónoma en su decreto de habitabilidad, y las cifras varían de forma notable.
¿Puede un dormitorio no tener ventana?
No. Los dormitorios y el salón necesitan iluminación y ventilación natural en todas las comunidades. Los baños y las cocinas sí pueden resolverse con ventilación mecánica.
¿Una vivienda antigua que no cumple los mínimos actuales es ilegal?
No necesariamente. Las viviendas construidas legalmente con la normativa de su época mantienen su condición. Los mínimos actuales se aplican a la obra nueva, a los cambios de uso y, según la comunidad, a determinadas reformas.



